Un certificado de depósito a término (CDT) es un depósito que haces en una entidad financiera vigilada. Dejas tu dinero por un plazo definido y, a cambio, la entidad te paga intereses. Antes de abrir uno conviene entender tres cosas: cuánto te descuentan, cuánto está protegido y qué pasa si necesitas la plata antes.
Lo primero es la retención en la fuente. Sobre los intereses de un CDT se aplica una retención del 4 %. Así lo recoge la DIAN en su Concepto 3325 de 2024. Cita el artículo 1.2.4.2.32 del Decreto 1625 de 2016, que hablaba de 7 %, y aclara que "hoy" es "cuatro por ciento (4%)".
La retención se cobra solo sobre los intereses. Tu capital no se toca. Para quien declara renta, esa retención funciona como un anticipo del impuesto.
Un ejemplo ayuda a verlo. Imagina un CDT de $20 millones a 360 días con una tasa de 12 % efectiva anual. Los intereses serían de $2.400.000. La retención del 4 % sería de $96.000 y recibirías $2.304.000 en intereses netos. Es un cálculo ilustrativo de El Centavo, no una oferta de ninguna entidad.
Sobre la devolución de esa retención, la lógica es sencilla. Quien no está obligado a declarar renta, en principio, no recibe devolución del banco. Quien declara la descuenta del impuesto que le toque pagar. Para saber en cuál caso estás, revisa los topes de ingresos y patrimonio vigentes.
El segundo punto es el seguro de depósitos. Según Fogafín, el seguro cubre hasta $50 millones por depositante en cada entidad inscrita. Incluye cuentas de ahorro, cuentas corrientes, CDT y depósitos electrónicos.
Esto significa que el tope se cuenta por entidad. Si tienes dinero en dos bancos distintos, cada uno tiene su propia cobertura. Si tu CDT, con sus intereses, se acerca a esa cifra, confirma con la entidad cómo se cuentan los intereses causados.
El tercer punto es la redención anticipada, es decir, sacar la plata antes del vencimiento. No existe una norma que obligue al banco a aceptarla. Depende de la política de cada entidad y de lo que diga el contrato que firmaste.
Por eso, antes de abrir el CDT, lee qué ocurre si necesitas el dinero antes de tiempo. Pregunta si el banco permite la redención y qué pasa con los intereses en ese caso.
Para comparar ofertas, mira primero que las tasas estén expresadas en la misma base, por ejemplo efectiva anual. Fíjate también en el plazo, porque no es lo mismo una tasa a 90 días que una a 360. Una tasa fija no se ajusta si el Banco de la República cambia su tasa de intervención más adelante.
Si tienes algún reclamo con tu CDT, puedes acudir primero al Defensor del Consumidor Financiero de la entidad. También puedes presentar tu queja ante la Superintendencia Financiera.
Fuentes: DIAN (Concepto 3325 de 2024), Fogafín.