Fachada de la sede de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) en Bogotá, con escalinata y personas en la entrada
Foto de archivo: Fachada de la sede de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) en Bogotá, con escalinata y personas en la entrada. Foto: Javier Lopez / Wikimedia Commons (CC BY 3.0)

Las compras con factura electrónica pagadas con tarjeta pueden reducir la base de tu declaración de renta. Según la DIAN, las personas naturales pueden deducir el 1 % de ese valor, hasta 240 UVT al año. Las compras de 2026 se declaran en 2027.

La deducción viene de la Ley 2277 de 2022 y del artículo 336 del Estatuto Tributario. Aplica a quienes declaran ingresos de la cédula general. La norma, que reproduce el Abecé de la DIAN, no exige que la compra tenga que ver con tu trabajo. La deducción procede «independientemente de que tenga o no relación de causalidad con su actividad productora de renta».

El tope es de 240 UVT por año gravable. La DIAN fijó la UVT de 2026 en $52.374 con la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025. Con ese valor, la deducción máxima es de $12.569.760, según cálculo de El Centavo. Para alcanzarla harían falta compras facturadas por cerca de $1.256.976.000. Por eso el tope casi nunca se alcanza.

Hay una condición de pago. La DIAN exige transacciones «a través de tarjeta débito, crédito o cualquier medio electrónico» con una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera. Lo que pagues en efectivo no cuenta. El Concepto 004578 de la DIAN, del 10 de julio de 2024, aclara algo. Esa regla se refiere a cómo se paga la compra. Además, el pago debe hacerse dentro del año gravable en que pides la deducción.

También importa qué valor se toma. Según el mismo concepto, el límite de 240 UVT se mide con el total de la factura. Ese total incluye el IVA. Si la compra ya se usó como costo, deducción, IVA descontable u otro beneficio, hay que excluir el IVA. La DIAN pide además que la misma compra no se use en otro lado.

Un ejemplo ayuda a dimensionarlo. Si en 2026 hicieras compras elegibles por $20.000.000, la deducción sería de $200.000. Es un cálculo de El Centavo. Esa cifra no es un ahorro en pesos. Reduce la base gravable, y el ahorro depende de la tarifa que le toque a cada persona.

Para que la compra quede a tu nombre, hay que dar el documento al pagar. Según Gerencie, portal contable, la factura debe identificar al comprador con nombres, apellidos y cédula o NIT.

El proyecto de Ley de Rescate Económico, el PL 477 de 2026, toca el tema de las facturas. Según Actualícese, subiría del 1 % al 5 % del valor la sanción por facturas sin requisitos. El tope pasaría de 950 a 3.500 UVT. El proyecto también crearía un «Premio Fiscal». Los compradores identificados en facturas electrónicas podrían participar en rifas o sorteos de la DIAN. Es un proyecto, no una norma vigente.

Fuentes: DIAN (Abecé de deducciones con factura electrónica, micrositio de beneficios y Concepto 004578 de 2024), INCP, Actualícese y Gerencie.

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