El Black Friday de 2026 cae el viernes 27 de noviembre. Si ves un letrero de «50 % de descuento», ¿cómo sabes que es real? La ley no te da una calculadora, pero sí te da herramientas para exigir que la oferta se cumpla.
Lo primero es entender que una promoción no es un adorno. El Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) dice en su artículo 29 algo clave. Las condiciones objetivas y específicas anunciadas en la publicidad obligan al anunciante. Si el aviso dice «2×1» o «precio de lanzamiento», eso es lo que la tienda debe darte.
El artículo 33 va en la misma línea. Los términos de las promociones y ofertas obligan a quien las realice. Además, deben informar las condiciones de tiempo, modo y lugar. Es decir, hasta cuándo vale, en qué productos y con qué límites.
«Está prohibida la publicidad engañosa».
Ley 1480 de 2011, artículo 30
El mismo artículo 30 dice que el anunciante responde por los perjuicios que cause un anuncio engañoso. Entonces, ¿qué es un descuento falso? La ley no define el «descuento falso» con esas palabras. El abogado Luis Alfonso Acevedo Prada lo explicó así a Asuntos Legales. Para él, una empresa no puede presentar como gran rebaja una reducción calculada sobre precios artificiales. Esa es la opinión de un abogado, no un texto de la norma.
Por eso conviene hacer tu propia comparación antes del 27. Anota el precio de lo que quieres hoy y revísalo en dos o tres tiendas. Si el «precio antes» del aviso es mucho más alto que el que viste, desconfía.
Hay otra regla útil: si un producto tiene dos precios, el comprador tiene derecho a pagar el más bajo. Así lo recomienda la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La SIC también pide verificar que la promoción tenga información clara sobre su vigencia. Revisa que el precio esté en pesos y que el sitio sea seguro. Identifica quién vende y guarda la confirmación de la transacción y la factura.
La vigilancia no es teórica. Tras el Black Friday de 2024, la SIC sancionó a diez empresas con más de $3.068 millones en total. Entre ellas estaban Dafiti, Olímpica, Almacenes Oportunidades, Makro, Pepe Ganga, Sodimac y Tiendas Xuss. Esas cifras son del Black Friday de 2024.
Las fallas sancionadas dicen mucho de lo que debes mirar en cada oferta. Entre ellas, no informar las condiciones de la promoción ni el límite por persona. También hubo información no veraz o desactualizada, y no identificar a la empresa. Otras no tenían un sistema de quejas con fecha y hora. Algunas no pusieron un enlace visible a la SIC.
En enero de 2025, la SIC formuló pliegos de cargos contra cinco marcas: Olímpica, Bella Piel, Dafiti, Huawei y Totto. Según la entidad, hicieron promociones sin incluir en la publicidad la totalidad de los términos y condiciones esenciales y aplicables. Un pliego de cargos no es una sanción: es el inicio de la investigación.
Si compras y la oferta no se cumple, primero reclama directamente a la empresa. La SIC promueve SIC Facilita, una alternativa para gestionar conflictos de consumo directamente con los proveedores. Si la empresa no responde tu reclamación, puedes presentar una demanda de protección al consumidor ante la SIC. Los plazos y los pasos de cada trámite están en el sitio de la SIC.
Para que tu reclamo tenga respaldo, guarda el pantallazo del aviso con el precio, la fecha y las condiciones. También guarda el comprobante de pago. Esas pruebas dicen qué prometió la tienda y cuándo.
Sobre otros derechos de las compras de fin de año, ya tienes guías en El Centavo. Una explica el retracto y la reversión del pago. Otra, la garantía legal. Otra, las cuotas del Black Friday.
Fuentes: Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), Asuntos Legales, Bloomberg Línea, Radio Nacional, Portafolio.