Arco central del Palacio de Justicia en Bogotá, sede de la Corte Suprema de Justicia, con la inscripción «Colombianos, las armas os han dado independencia, las leyes os darán libertad»
Foto: Johnny Cabrera / Wikimedia Commons (CC BY-SA 3.0)

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema confirmó el 5 de noviembre el fallo que negó la tutela de Santiago Uribe Vélez. La tutela la presentó su defensa. Con esa decisión, la condena se mantiene. Además, se le cierra la vía para una nueva demanda de casación. La ponencia fue del magistrado Omar Ángel Mejía Amador.

Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, fue condenado por el caso de «Los 12 Apóstoles». La decisión del 5 de noviembre no revisa si es o no responsable de los hechos. Resuelve una discusión de procedimiento: si podía acudir a la casación después de la impugnación especial.

Lo que decidió la Sala

La Sala no encontró vulneración de derechos. Además, recordó que la impugnación especial no convierte el proceso en uno de tres instancias. También señaló que contra la decisión que resuelve esa impugnación no procede la casación.

La Sala tampoco ordenó habilitar un nuevo término para presentar la demanda de casación. La defensa había sostenido que la impugnación especial y la casación son mecanismos diferentes. Alegó, además, que no había una norma expresa que impidiera usar el segundo recurso.

El expediente se remite a la Corte Constitucional para su eventual revisión. No se ha informado si esa corte lo seleccionará ni cuándo lo haría.

La condena y el camino judicial

El Tribunal Superior de Antioquia declaró responsable a Uribe Vélez el 25 de noviembre de 2025. Lo halló culpable de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. Antes, en noviembre de 2024, un juzgado penal especializado de Antioquia lo había absuelto.

La Sala Penal de la Corte Suprema confirmó la condena a comienzos de junio de 2026. Lo hizo en la sentencia SP499-2026. Días después rechazó por improcedente su recurso de casación.

La pena es de 340 meses de prisión, es decir, 28 años y cuatro meses. Uribe Vélez cumple la pena en el Batallón Juan del Corral, en Rionegro, Antioquia.

Además, el fallo le impuso una inhabilidad de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas. También lo sancionó con 54 meses sin porte de armas.

Qué se le atribuye

Según la investigación judicial, Uribe Vélez participó en la conformación del grupo paramilitar «Los 12 Apóstoles». Ese grupo operó en el norte de Antioquia durante los años noventa. Se le atribuye, además, el asesinato de un conductor de bus.

La Corte Suprema concluyó que no hubo errores en la valoración de las pruebas. Entre ellas figuran testimonios que lo señalaban como líder del grupo.

Una tutela que ya había sido negada

Esta es la segunda decisión sobre la misma tutela. El 30 de septiembre de 2026, la Sala Civil de la Corte Suprema la había negado en primera instancia. El ponente fue el magistrado Fernando Augusto Jiménez Valderrama, y el fallo tuvo 16 páginas. Esa decisión se conoció el 7 de octubre.

No se conocía un pronunciamiento de Santiago Uribe, de su defensa ni del expresidente Álvaro Uribe sobre esta decisión.

Fuentes: Corte Suprema de Justicia, La FM, Semana, El Tiempo, El Espectador, Infobae.

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