Mazo de madera de juez sobre una superficie oscura, junto a un libro
Imagen de referencia: mazo de juez / Sasun Bughdaryan (Unsplash)

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio del Trabajo formular una política pública. Esta debe enfrentar la violencia, el acoso y la discriminación en el trabajo. La sentencia es del 7 de septiembre de 2026. La decisión se conoció esta semana por publicaciones de Infobae, El País y La Veintitrés.

El fallo es de primera instancia y, por lo tanto, puede apelarse. Los medios consultados no informan si el Ministerio lo hará. Tampoco se conoce una respuesta de la entidad a la decisión.

La orden salió de una acción de cumplimiento. Dos ciudadanos la presentaron el 30 de julio de 2026, según Infobae y La Veintitrés. La decisión es de la Subsección C de la Sección Primera del tribunal. El ponente fue el magistrado Luis Norberto Cermeño.

El tribunal parte de la reforma laboral, la Ley 2466 de 2025. El parágrafo de su artículo 18 daba 12 meses al Ministerio para formular esa política. Según el tribunal, el plazo venció el 26 de junio de 2026. Para la corporación, ese parágrafo es "un mandato imperativo e inobjetable en cabeza del Ministerio del Trabajo".

El Ministerio sostuvo en el proceso que ya había cumplido con el Decreto 1040 de 2026. Ese decreto se expidió el 5 de agosto, después del plazo legal y de la demanda. El tribunal respondió que reglamentar una ley y formular una política pública son actuaciones distintas. Además, dijo que no halló pruebas de que la Subcomisión de Género participara.

Por eso declaró el incumplimiento. Ordenó formular la política junto con la Subcomisión de Género. Esta hace parte de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales. Debe incluir protocolos, planes, programas y acciones de prevención. También debe unificar la normativa vigente.

El Ministerio tendrá cuatro meses para cumplir. Según El País, ese plazo corre desde la ejecutoria de la sentencia. No se conoce la fecha de ejecutoria, así que hoy no hay un día límite preciso. Infobae y La Veintitrés mencionan solo los cuatro meses.

El tribunal también precisó, según Infobae y La Veintitrés, que la política interna que el decreto exige a los empleadores no equivale a la política pública del Estado. Esta última es de alcance nacional.

Para empresas y trabajadores, el decreto sigue vigente. Se publicó en el Diario Oficial 53.580 del 6 de agosto y rige desde esa fecha. El fallo no cambia sus obligaciones.

Eso sí, el Decreto 1040 es uno de los ocho decretos laborales que el Ministerio propuso modificar el 16 de octubre, como informó El Centavo. Según ese borrador, se mantendrían la prevención, la atención a las víctimas y la protección de seis meses, y la atención psicológica pasaría a las ARL. Es un proyecto abierto a comentarios hasta el 9 de noviembre, no una norma vigente.

El decreto exige a empleadores y entidades contratantes adoptar y socializar una política de prevención. También exige un protocolo para detectar, denunciar, atender, investigar y sancionar el acoso. Ambos deben publicarse y socializarse, con espacios de formación y actualización cada año, según el artículo 2.2.1.8.2.1.

Las empresas deben incluirlos en los reglamentos internos y en los contratos. La política debe incluir campañas y capacitaciones. Cuando se presenta un caso, la víctima debe recibir acompañamiento, con atención psicológica, orientación jurídica y atención médica. En casos de acoso sexual, medidas como el traslado de área o el teletrabajo, si la víctima las pide, deben adoptarse en máximo cinco días hábiles.

Además, quienes denuncian y los testigos no pueden sufrir represalias. Los despidos o destituciones de la víctima dentro de los seis meses siguientes a la petición "carecerán de efecto". Esto aplica siempre que se verifiquen los hechos denunciados por vía judicial, administrativa o de control, según el artículo 2.2.1.8.2.7.

El Ministerio del Trabajo vigila y sanciona la falta de política y de protocolo. Para ello se basa en los artículos 485 y 486 del Código Sustantivo del Trabajo. El decreto no fija un plazo general de implementación.

Los datos del fallo provienen de lo publicado por la prensa. La sentencia y un pronunciamiento del Ministerio no se hallaron para esta nota.

Fuentes: Infobae, El País, La Veintitrés y texto del Decreto 1040 de 2026 en el normograma de MinTIC.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

You May Also Like

Economía colombiana crece en producción pero cae en empleo

La producción manufacturera creció 2% y las ventas 2,1% en abril, pero el empleo cayó 0,9%. El comercio muestra mejor panorama con ventas de 14,9%.

Prosperidad Social reprograma pago de Renta Ciudadana para septiembre

Prosperidad Social reprogramó para septiembre el cuarto ciclo de pagos de Renta Ciudadana y Compensación del IVA por revisión técnica del RUI.

CRC confirma multa de $2.733 millones contra Movistar Colombia

La CRC ratificó sanción de $2.733 millones contra Movistar por no entregar información requerida para supervisión del sector de comunicaciones