Fachada sur del Capitolio Nacional en Bogotá, sede del Congreso
Foto de archivo: fachada sur del Capitolio Nacional / Alejandro Rojas (Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0)

El Gobierno anunció el 21 de octubre que expedirá por decreto el Presupuesto General de la Nación de 2027, por 634,9 billones de pesos, con el texto aprobado en primer debate por las comisiones económicas conjuntas. Congresistas del Pacto Histórico sostienen que el trámite en el Congreso quedó viciado, y uno de ellos anunció que demandará el decreto. Hasta el cierre de esta nota no se conocían el número ni el texto del decreto, y no se había informado de demandas radicadas.

El vicepresidente José Manuel Restrepo explicó que el Senado y la Cámara votaron versiones distintas del artículo 65, que no se conciliaron antes de la medianoche del 20 de octubre, el plazo legal. Según informó El Espectador, Restrepo reconoció un error de trámite en ese artículo y afirmó que el presupuesto no fue hundido. Como base legal, citó el artículo 59 del Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111 de 1996).

Esa versión corrige lo que se creyó la madrugada del 20 de octubre. Tras la votación de las 3:47 a. m., el presidente de la Cámara, Nicolás Barguil, escribió en sus redes: "Como los textos aprobados por la Cámara y el Senado son idénticos, no será necesario acudir a una conciliación", según El Tiempo. Después, el secretario general del Senado, Diego Alejandro González, dijo en un comunicado del 20 de octubre que en esa corporación el artículo 65 se aprobó sin proposiciones. Según El Heraldo, El Universal y Semana, González agregó que había recibido información de que en la Cámara habría sido aprobado con una proposición. Ese último punto es un dato de segunda mano: ninguno de esos medios publica la Gaceta ni el acta de la Cámara.

Lo comprobable por ahora es poco: el comunicado del Senado, el anuncio del Gobierno y el texto de las normas. El artículo 348 de la Constitución dice que, si el Congreso no expide el presupuesto, "regirá el presentado por el Gobierno dentro de los términos del artículo precedente". El artículo 59 del Decreto 111 de 1996, que invoca el Gobierno, dice que regirá "el proyecto presentado por el Gobierno, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas en el primer debate". Esa diferencia está en el centro del debate jurídico. Lo demás son opiniones de los actores.

Ninguno de los críticos consultados sostiene que haya habido un texto idéntico o una conciliación. La senadora Esmeralda Hernández, del Pacto Histórico, escribió en X que "Cámara y Senado aprobaron textos diferentes, sin la conciliación obligatoria", según El Tiempo. Según El Colombiano, fue ella quien alertó del error.

La representante María Fernanda Carrascal, del Pacto Histórico, dijo: "Cuando las dos cámaras aprueban textos diferentes, la Constitución exige una conciliación para unificar el contenido", según El Tiempo.

El senador David Racero, del Pacto Histórico, escribió en X: "Anuncio que demandaré dicho decreto". Según Infobae, sostiene que las facultades para hacer traslados presupuestales "no pueden ser decretadas sino aprobadas por ley" y afirmó que el decreto "es ilegal".

El exministro del Interior Guillermo Rivera, que no es congresista, planteó la duda de fondo, según Colprensa, en una nota publicada por Hoy Diario del Magdalena: "Si bien el estatuto orgánico de presupuesto define que se acogerá por decreto el texto aprobado por las comisiones económicas, el artículo 348 de la Constitución define que regirá el presupuesto presentado por el gobierno al Congreso". Y agregó: "No conozco una decisión judicial que resuelva, en un caso idéntico, cuál de las dos normas es la aplicable".

En la misma nota, la senadora Sara Castellanos, a quien Colprensa describe como abelardista, sostuvo lo contrario: "El Presupuesto General de la Nación para 2027 no está hundido por la discrepancia en el artículo 65". Según ella, la Corte Constitucional ha dicho que no toda diferencia entre los textos de Senado y Cámara exige conciliación y que su omisión puede ser un vicio subsanable.

No se encontró una versión oficial de la Secretaría de la Cámara sobre el texto votado. Hasta el momento, ninguna fuente documental explica cómo se produjo la diferencia entre ambos textos.

Fuentes: El Tiempo, El Colombiano, El Heraldo, El Universal, Semana, El Espectador, Infobae, Colprensa y Hoy Diario del Magdalena.

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