Colombia Fintech, el gremio de las empresas de tecnología financiera, propuso esta semana una agenda de seis medidas para regular los criptoactivos en el país. La presentó en el foro "Colombia Fintech 2026-2030: Cripto para un futuro innovador", según informó La República. Son propuestas del gremio, no una norma ni un proyecto de ley radicado.
El gremio enmarca la agenda en su hoja de ruta 2026-2030. Las notas de La República sobre el foro no mencionan que la propuesta se haya entregado a una entidad en particular.
Las seis medidas son las siguientes, según La República. La primera es derogar tres cartas circulares de la Superintendencia Financiera (29 de 2014, 78 de 2016 y 52 de 2017). En su lugar irían lineamientos. Con ellos, las entidades vigiladas se relacionarían con proveedores de activos virtuales según criterios objetivos de riesgo. El objetivo, según La República, es que los bancos tengan condiciones más claras para evaluar esas relaciones.
La segunda es un marco integral para los proveedores de servicios de activos virtuales, con obligaciones proporcionales al riesgo. La supervisión estaría coordinada entre la Superintendencia de Sociedades, la Superfinanciera y la UIAF.
La tercera es un registro público de proveedores, "sin que esto equivalga a una licencia". Además, plantea mecanismos para proteger los activos de los usuarios si un proveedor quiebra.
La cuarta es ajustar los umbrales de reporte ante la UIAF al estándar de US$1.000 del Gafi. La quinta es actualizar el régimen cambiario para que los activos virtuales puedan usarse en operaciones de obligatoria canalización. La sexta es un régimen para tokenizar activos del mundo real. Reconocería la titularidad en la cadena de bloques. Bajo esa propuesta, el token recibiría el mismo tratamiento tributario que el activo subyacente.
Gabriel Santos, presidente ejecutivo de Colombia Fintech, habló del tema. Dijo: "Venimos trabajando en una ley que permita tener un supervisor especial, un proceso de licenciamiento modular, un marco de normas tributarias claras y una gestión de riesgos". También afirmó: "Nosotros tenemos que permitirle al Banco de la República modernizar su concepción del mercado cambiario".
Según La República, la agenda toma seis jurisdicciones como referencia: Estados Unidos, la Unión Europea, Brasil, Singapur, El Salvador y Argentina. Agustina Pérez, de Regulación Latam de Binance, advirtió sobre copiar esos modelos: "Y esto es muy importante, darnos cuenta de esa tendencia al copy-paste".
En el foro, el gremio presentó cifras de la firma Chainalysis. Según esos datos, el mercado cripto colombiano movió US$29.100 millones entre julio de 2025 y junio de 2026. Eso es un 13,8 % más que el periodo anterior. Las stablecoins fueron el 48 % de las compras en las casas de intercambio del país.
Hoy Colombia no tiene una ley integral para este mercado. El proyecto de ley 510 de 2025 de la Cámara, que regulaba a estos proveedores, está archivado. Ya no está en trámite y la ficha de la Cámara lo registra como archivado por aplicación del artículo 190 de la Ley 5 de 1992.
Lo que sí rige son reglas de reporte y tributarias. La DIAN expidió la Resolución 000240 del 24 de diciembre de 2025. Adopta el marco CARF de la OCDE. Los proveedores cobijados deben reunir datos desde el año gravable 2026, y el primer envío es en mayo de 2027. Además, en el Concepto 5146, del 26 de junio de 2026, la DIAN aclaró que Colombia aún no tiene una definición tributaria especial de criptoactivo, según Valora Analitik y Portafolio.
Por su parte, desde abril de 2022 la Resolución 314 de la UIAF fija a ciertos proveedores obligaciones de reporte de operaciones sospechosas. La Superfinanciera, en cambio, aclara que no regula, supervisa, avala ni autoriza negocios basados en criptoactivos.
Para quien compra cripto en Colombia, nada cambia por ahora, porque se trata de propuestas. Si alguna se convirtiera en norma, habría un registro público de proveedores y mecanismos de protección de los activos ante una quiebra. Mientras tanto, los proveedores cobijados por la DIAN reúnen datos de sus clientes desde el año gravable 2026.
Fuentes: La República, Portafolio, Valora Analitik.