Si tienes un crédito hipotecario o un leasing habitacional, puedes escoger otra aseguradora para tu seguro de vida. La norma lo permite siempre que la póliza tenga, como mínimo, las coberturas que el banco exige.
El seguro de vida deudores cubre la deuda si el deudor muere. También aplica por incapacidad total y permanente, según la póliza. El de incendio y terremoto protege el inmueble. Ambos se pagan dentro de la cuota del crédito.
La libertad de escoger aseguradora es un principio legal. Según la Superfinanciera, el artículo 100 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero obliga a respetarla. Lo dijo en un concepto del 5 de julio de 2023. Aplica cuando las entidades exigen seguros como garantía adicional. Además, le da a la Superfinanciera la función de protegerla y de sancionar a quien la limite.
El Decreto 1084 de 2021 lo detalla cuando el banco toma el seguro por cuenta de sus deudores. Dice: "En todo caso, el deudor podrá contratar con una aseguradora distinta a la seleccionada por la institución financiera, presentando una póliza que cumpla, cuando menos, con las condiciones y coberturas fijadas por la institución financiera para el seguro a contratar".
Para créditos con hipoteca y leasing habitacional, el decreto añade más obligaciones. La entidad "no podrá rechazar pólizas que cumplan con las condiciones y coberturas fijadas para el seguro a contratar, ni podrá establecer cargo alguno por la revisión o aceptación de dicha póliza".
Si el banco rechaza tu póliza porque no cumple los requisitos, debe informarte las causales por escrito. Tiene diez días hábiles desde que recibe la solicitud. Al otorgar el crédito, también debe entregarte las condiciones y coberturas completas. Así puedes cotizar con otras aseguradoras.
El decreto exige además que el banco informe el monto asegurado, las coberturas y los costos. Lo hace al originar el crédito y de forma periódica. Debe distinguir la tasa de prima de otros costos. Asimismo, prohíbe que el banco reciba comisiones o participación de utilidades por el seguro.
Hay un punto que suele generar dudas: el canal para presentar el endoso. En el concepto de 2023, la Superfinanciera dijo que ninguna norma obliga a tener un canal digital. Cada entidad define sus mecanismos. Sin embargo, exigir que el trámite sea solo presencial podría verse como una conducta abusiva, según el mismo concepto. La Circular Básica Jurídica pide, además, mecanismos "expeditos, objetivos y claros" en los manuales de cada banco.
Como ejemplo, Bancolombia admite el endoso de la póliza de vida de un hipotecario, según su política de aceptación. También acepta el de incendio y terremoto durante la vigencia del crédito. Quien lo haga debe entregar la renovación al banco cuando la póliza venza. Cada entidad tiene su propia política.
Sobre el costo, Bancolombia explica que la prima de vida es el saldo de la deuda por una tasa. La tasa depende de la edad al desembolso. A los 40 años, la tasa mensual es de 0,0243 %. Con un saldo de $200 millones, el cálculo propio da $48.600 al mes. A los 30 años, con una tasa de 0,0118 %, serían $23.600. El banco recalcula la prima cada diciembre, con el saldo y la edad de noviembre.
En incendio y terremoto, Bancolombia publica una tasa mensual sin IVA de 0,1378 por mil del valor asegurado. Equivale a unos $138 por cada millón. Para un inmueble de $150 millones, el cálculo propio da cerca de $20.700 al mes, sin IVA. Las tasas de otras entidades varían.
Si quieres cambiar de aseguradora, pide primero por escrito las condiciones y coberturas mínimas. Luego cotiza con dos o tres aseguradoras y presenta el endoso a favor del banco. Mantén la póliza vigente mientras tengas saldo. Si te la rechazan, exige las causales por escrito. También puedes reclamar ante el defensor del consumidor financiero y ante la Superfinanciera.
Cambiar de aseguradora no siempre implica ahorrar. Compara coberturas y costos antes de decidir. Confirma el trámite con tu banco y con la línea de consumidor financiero de la Superfinanciera.
Fuentes: Superfinanciera, Decreto 1084 de 2021, Bancolombia.