La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) concluyó que la alocución del presidente Abelardo De La Espriella del 25 de octubre superó el tiempo autorizado. Según su informe público, conocido este 28 de octubre, la intervención duró 39 minutos y 37 segundos.
Según el documento, identificado como SC 1390-1, la CRC había autorizado un máximo de 30 minutos. La Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC dice en el informe que la alocución "tuvo una duración de 39 minutos con 37 segundos, cuando había sido autorizada por un periodo máximo de 30 minutos". Son 9 minutos y 37 segundos más de lo permitido. El informe fue aprobado el 27 de octubre en el Acta 229 de esa Sesión y lo firman los comisionados Andrea Muñoz, Sadi Contreras y Mauricio Vera.
Presidencia radicó la solicitud el 25 de octubre a las 10:13 a. m. y pidió 45 minutos. Dos horas después, a las 12:14 p. m., la CRC le hizo preguntas. Quería saber qué temas eran hechos recientes, si la emisión sería en vivo o grabada y por qué necesitaba 15 minutos adicionales.
La CRC autorizó la transmisión desde las 8:00 p. m. por un máximo de 30 minutos. Explicó que los elementos aportados no permitían acreditar suficientemente la necesidad de ampliar la duración. La alocución la transmitieron los operadores de televisión abierta, públicos y privados.
El informe señala que el presidente abordó todos los temas solicitados. Entre ellos estaban el Presupuesto 2027, fijado en el Decreto 1599 de 2026 en 634,9 billones de pesos, y un programa del SENA para 75.115 trabajadores. También habló de los pagos de Colombia Mayor y del riesgo energético por el fenómeno de El Niño. Las cifras son las que dio el presidente en la intervención, según el resumen del informe.
Sin embargo, hacia el final incluyó otros asuntos. La CRC los describe como una defensa de su gestión, reflexiones sobre la legitimidad popular de su gobierno, críticas a opositores y a sectores de los medios, referencias al gobierno anterior y valoraciones sobre su estilo de liderazgo. Según la CRC, esos contenidos "se distanciaron del criterio de limitación temática".
Sobre las menciones a "un sector del periodismo y de los medios", a sus "detractores políticos" y a "la izquierda radical", el informe afirma: "Estas referencias chocan con los principios de pluralismo político y libertad de expresión y opiniones". Esos principios, añade, deben guiar las alocuciones según la Resolución CRC 8091 de 2025.
La CRC anota que los temas eran de interés público y que, según lo expuesto por el Gobierno, requerían comunicación oportuna. Aun así, dice que durante algunos momentos se repitieron mensajes de alocuciones anteriores o ya difundidos por medios y redes de Presidencia. Por eso considera que se distanció temporalmente de los criterios de urgencia y excepcionalidad.
Sobre la frecuencia, el informe recuerda que la alocución anterior fue el 18 de octubre. La CRC aprobó esta solicitud, pero advierte que la periodicidad con la que el jefe de Estado usa el espectro "comienza a constituir un patrón". Según el documento, ese patrón "continúa debilitando el cumplimiento de recurrencia".
Presidencia informó que la intervención sería en vivo y en directo. Hacia el minuto 34:50, ya por fuera del límite autorizado, un aviso anunció que terminaría "en 5 minutos". Por eso, dice la CRC, "no queda claro para esta Sesión si efectivamente se dio una emisión en vivo o si fue una intervención pregrabada".
El informe se produce por una sentencia de tutela del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025. El fallo ordenó controles previos, concomitantes y posteriores a las alocuciones presidenciales. En desarrollo de esa orden, la CRC expidió la Resolución 8091 de 2025. Esta obliga a rendir un informe público dentro de los dos días siguientes a cada alocución.
El informe concluye que la alocución fue de carácter personal, que trató asuntos de interés público y funciones del jefe de Estado, que esos asuntos eran urgentes y excepcionales, y que abordó los temas aprobados con contenidos adicionales. También concluye que se incumplió el criterio de limitación temporal. El documento no describe sanciones ni otras medidas.
Los medios que reportaron el informe no recogieron una respuesta de Presidencia.
Hasta la publicación de esta nota, Presidencia no se había pronunciado sobre el informe.
Fuentes: Comisión de Regulación de Comunicaciones (informe público SC 1390-1) y El Espectador.