Un fondo de inversión colectiva (FIC) junta el dinero de varias personas y lo invierte con gestión profesional. Si piensas mover tus ahorros de un CDT a uno, conviene saber que no funciona igual. Estas son las diferencias, los riesgos y dónde comparar, según la Superintendencia Financiera, Fogafín y la DIAN.
El Decreto 2555 de 2010, que cita la Superfinanciera, define el FIC como un vehículo de captación de dinero. Está integrado por aportes de varias personas. Sus recursos se gestionan de forma colectiva, con resultados económicos también colectivos.
Según el mismo decreto, solo los administran comisionistas de bolsa, fiduciarias y sociedades administradoras de inversión. La Superfinanciera es la entidad que las vigila.
Tu aporte se representa en unidades. Según la guía de la Superfinanciera, esas unidades se valorizan o desvalorizan con el comportamiento del fondo. Por eso el valor de tu inversión puede subir, pero también bajar.
Al retirar, la administradora descuenta el GMF, de 4 por mil, y la retención en la fuente. Así lo indica la misma guía. Ese documento tuvo su última modificación en 2012. Por eso, revisa en el prospecto qué condiciones rigen hoy.
Un FIC no es un depósito. Fogafín, que asegura el dinero de los ahorradores, cubre cuentas de ahorro, cuentas corrientes, CDT y depósitos electrónicos. El tope es de $50 millones por persona y por entidad inscrita. Los FIC no aparecen en esa lista.
Fiduagraria, por ejemplo, aclara que el aporte a su fondo Confirenta no es un depósito. Tampoco lo ampara Fogafín. Esa aclaración es de ese fondo en particular.
Tampoco hay una rentabilidad prometida. La guía de la Superfinanciera explica que la responsabilidad del administrador es de medio y no de resultado. Es decir, no puede garantizar un rendimiento determinado.
Antes de entrar, la guía recomienda leer el prospecto, el contrato de suscripción y el reporte periódico del fondo. También pide conocer los nombres de los administradores. Además, hay que mirar si el fondo es abierto, cerrado o escalonado.
El riesgo se clasifica como conservador, moderado, alto o muy alto. La remuneración de la administradora y los gastos a cargo del fondo deben estar claros en el prospecto. Esos costos reducen lo que finalmente recibes.
También hay un efecto tributario. Según la DIAN, los FIC no son contribuyentes del impuesto de renta. En cambio, practican la retención en la fuente sobre lo que distribuyen a los partícipes.
Según el Decreto 1848 de 2013, la tarifa depende del ingreso y de la calidad tributaria del partícipe. Para saber cuánto te retienen, pide a tu administradora el certificado de retención.
Para comparar, la Superfinanciera publica en su página las fichas técnicas de los FIC. Allí aparecen la calificación, la política de inversión y la rentabilidad de cada fondo. Además, la entidad divulga un reporte de rentabilidades, establecido en la Circular Externa 12 de 2016.
Al mirar la rentabilidad de un fondo, ten en cuenta también los gastos que cobra su administradora, que deben figurar en el prospecto.
La diferencia con el CDT es de fondo. El CDT es un depósito que Fogafín cubre. En cambio, el FIC puede rendir más o menos, y el valor de la unidad cambia con el mercado.
Fuentes: Superintendencia Financiera de Colombia, Fogafín, DIAN, Función Pública, Fiduagraria.