Desde el 1 de octubre de 2026 rige en Colombia una nueva definición de "banda ancha". La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) la fijó en la Resolución 8307, del 30 de julio de 2026, y desde este mes los planes de internet que se venden como banda ancha deben cumplir el nuevo umbral.
La resolución modifica las condiciones técnicas del concepto de banda ancha de la Resolución CRC 5050 de 2016. El estándar anterior, vigente desde 2019, era de 25 megabits por segundo (Mbps) de descarga y 5 Mbps de subida. La meta final pasa a 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida.
El cambio no es igual en todo el país. En los municipios de categoría alto y moderado, el nuevo umbral de 300/150 Mbps aplica desde el 1 de octubre de 2026. En los de categoría bajo, incipiente y limitado, el aumento es gradual. Allí el mínimo es de 100/50 Mbps desde el 1 de octubre de 2026, de 200/100 Mbps desde el 1 de octubre de 2027 y de 300/150 Mbps desde el 1 de octubre de 2028.
Según DPL News, la CRC explicó que la implementación gradual reconoce que las condiciones de infraestructura y desarrollo no son iguales en todo el territorio. Además, según ENTER.CO, la Comisión acortó a tres años la transición de los municipios menos desarrollados tras revisar los comentarios públicos. El borrador de mayo, según 360 Radio, ponía 2030 como plazo para los municipios rurales.
La CRC también redefinió la ultra banda ancha. Pasa de 50 Mbps de descarga y 20 Mbps de subida a 1 gigabit por segundo (1.000 Mbps) de descarga y 500 Mbps de subida. La resolución no le fija a ese cambio una fecha distinta de la de su entrada en vigencia.
Como referencia para fijar los 300 Mbps, la CRC tomó el promedio de la OCDE, que fue de 314 Mbps de descarga en abril de 2026, según ENTER.CO.
Qué significa esto para tu plan de internet: los planes más lentos no se prohíben. Según la CRC, los operadores pueden seguir ofreciéndolos y tú puedes seguir contratándolos. Lo que cambia es que un plan que no cumpla el umbral de tu municipio no podrá anunciarse como "banda ancha".
La decisión tampoco establece alzas automáticas de tarifas, según la CRC. No obliga a los operadores a llevar todos sus planes a 300 Mbps ni a usar una tecnología específica. Y, según el ABC de la Comisión que reprodujo TrendTIC, tampoco los obliga a subir automáticamente la velocidad de los planes que ya están contratados.
Para saber si tu plan cumple, revisa dos datos: la velocidad de descarga y la de subida. Ambas deben alcanzar el mínimo que corresponde a la categoría de tu municipio.
Al borrador enviaron comentarios, entre otros, la ANDI, Andesco, Asotic, Comcel (Claro), ETB, Tigo, Huawei, Starlink y la Superintendencia de Industria y Comercio, según la página del proyecto en la CRC. En las fuentes revisadas no aparecen reacciones de operadores ni de gremios a la decisión final.
Fuentes: Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), Resolución CRC 8307 de 2026, ENTER.CO, El Nuevo Siglo, DPL News, TrendTIC y 360 Radio.