Los colombianos que viven en el exterior podrán pedir un crédito para comprar vivienda en el país a través del Fondo Nacional del Ahorro (FNA). Así lo establece la Ley 2639 de 2026, que crea el programa "Mi Casa en Colombia", según informaron La República, Valora Analitik, RCN y La FM, que la fechan el 20 de octubre. Por ahora no se puede aplicar: falta que el Gobierno la reglamente.
El Centavo no encontró el texto oficial de la ley en el Diario Oficial, la Secretaría del Senado ni la Presidencia. Infobae y el Partido MIRA, impulsor del proyecto, ya hablaban de su sanción el 15 de octubre. Por eso la fecha exacta de sanción queda sin confirmar, y las descripciones de este artículo se basan en lo reportado por la prensa.
El programa va dirigido a colombianos residentes en el exterior que estén afiliados al FNA mediante el Ahorro Voluntario Contractual (AVC), o el producto que lo reemplace. Podrán solicitar un crédito hipotecario de vivienda o un leasing habitacional. Según Valora Analitik y La FM, deberán cumplir las políticas de crédito del FNA. Es decir, la ley no garantiza un préstamo automático.
Aclaración importante: este programa no es un subsidio y no tiene relación con Mi Casa Ya. Esa ayuda del Ministerio de Vivienda subsidiaba la cuota inicial y la tasa, y el Gobierno eliminó sus subsidios para 2026, según Portafolio. Ninguna de las fuentes consultadas menciona un subsidio dentro de "Mi Casa en Colombia".
La reglamentación debe prever prelación para tres grupos, según La República, RCN y La FM. El primero son las mujeres cabeza de familia con hijos menores que viven en Colombia. El segundo, los colombianos con familiares con discapacidad, hasta segundo grado de consanguinidad, domiciliados en el país. El tercero, las personas con asilo político o refugio. En todos los casos deberán cumplir las políticas de crédito.
El plazo para reglamentar la ley es de máximo seis meses después de su promulgación. La tarea le corresponde al Gobierno, por medio del FNA y con los ministerios de Hacienda y Vivienda, según La República, Valora Analitik y RCN. Hasta que eso ocurra, no se conocen las condiciones concretas del crédito. Valora Analitik señala que la ley no fija tasa de interés, monto, cuota inicial ni plazo.
La ley también ordena al FNA habilitar un canal de comunicación permanente y especializado para los colombianos en el exterior. Además, el Fondo deberá participar en ferias de servicios o jornadas informativas fuera del país, según La República, RCN e Infobae.
El Partido MIRA, en un comunicado citado por Infobae, dijo que la ley busca "consolidar el acceso a vivienda para los colombianos en el exterior como una política de Estado". Según el mismo comunicado, el comprador podría elegir si la vivienda es para su familia en Colombia o para su regreso. También señala que la compra sería directa, sin intermediarios y sin trámites presenciales. Estos puntos son afirmaciones del partido y dependen de la reglamentación.
La senadora Ana Paola Agudelo, ponente del proyecto, plantea que los connacionales ahorren parte de lo que hoy envían como remesas, según Infobae. Las remesas son el dinero que los colombianos en el exterior mandan a sus familias.
Hasta ahora no se conocen pronunciamientos del FNA ni de los ministerios de Hacienda y Vivienda sobre cómo y cuándo arrancará el programa. Si tienes familia afuera y piensas en este crédito, el primer paso es esperar la reglamentación y las condiciones que publique el FNA.
Fuentes: La República, Valora Analitik, RCN, La FM, Infobae, Blu Radio, Partido MIRA, Portafolio.