El gobierno de El Salvador presentó una propuesta de reforma legislativa. Esta iniciativa busca modificar la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no Procesados. El objetivo central es precisar la autoridad competente para certificar procesos alimentarios específicos.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería impulsa este cambio normativo. La cartera estatal envió la iniciativa a la Asamblea Legislativa este miércoles. Posteriormente, el documento fue recibido en el pleno parlamentario. Luego, se estableció que la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente estudiará la propuesta.

La reforma pretende definir las atribuciones del MAG con mayor claridad. Específicamente, la entidad asumiría responsabilidades sobre alimentos cárnicos y lácteos. Además, incluiría miel de abeja, ovoproductos y productos acuícolas. También abarcaría productos pesqueros destinados al consumo nacional. Igualmente, contemplaría aquellos productos destinados a la exportación.

El Ministerio solicita modificar el numeral 34 del artículo 4. Esta modificación establecería que el MAG certificará procesos de elaboración específicos. Entre ellos figuran alimentos de origen avícola y porcino. Asimismo, incluye productos de origen bovino y lácteos. También contempla las mezclas de productos lácteos.

La certificación abarcaría establecimientos nacionales dedicados a esta producción. Del mismo modo, incluiría establecimientos extranjeros que exporten al país. El ministerio ejecutaría medidas de control sobre estos procesos. Paralelamente, implementaría acciones de validación y verificación. Finalmente, ejercería labores de vigilancia continua.

La propuesta incluye una redacción específica del artículo 79. En esta disposición se establece que el MAG garantizará la calidad alimentaria. El ministerio deberá certificar los procesos de elaboración correspondientes. Para ello, adoptará medidas de equivalencia internacional. Estas medidas se ajustarán a la normativa técnica vigente. También respetarán los acuerdos comerciales ratificados por El Salvador.

Entre las tareas asignadas figuran responsabilidades técnicas precisas. El MAG certificará los establecimientos implicados en la producción. Además, ejercerá medidas de control sanitario. Simultáneamente, implementará sistemas de validación de procesos. Consecuentemente, ejecutará acciones de vigilancia permanente.

Respecto a productos lácteos y sus mezclas, existe un marco normativo específico. La reforma indica que se seguirá el Reglamento Técnico Centroamericano número 67.04.65:12. Este reglamento establece parámetros sobre el Uso de Término Lechero. Por tanto, los productos deberán cumplir estos estándares técnicos.

La propuesta también incluye la derogación del artículo 80. Esta eliminación suprime una disposición transitoria previamente establecida. Dicha norma confería a la Superintendencia de Regulación Sanitaria competencias específicas. Particularmente, le otorgaba responsabilidad sobre alimentos balanceados para animales. Esta competencia estaba programada para iniciar en 2027.

El viceministro Óscar Domínguez explicó el objeto de la reforma. En la correspondencia oficial señaló la necesidad de establecer claridad. “El objeto es establecer con claridad la autoridad competente para realizar el procedimiento correspondiente para la certificación de los procesos de elaboración de los alimentos cárnicos, productos lácteos, miel de abeja, ovoproductos, acuícolas y pesqueros, así como de la implementación y ejecución de las medidas de control, validación, verificación y vigilancia de los mismos”, señaló el viceministro.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería sostiene que las reformas brindarán beneficios importantes. Principalmente, permitirán establecer con claridad la autoridad competente. Esta definición facilitará el procedimiento de certificación de procesos alimentarios. Igualmente, clarificará la implementación de medidas de control. Asimismo, definirá la ejecución de acciones de validación. También precisará las labores de verificación y vigilancia.

La entidad afirma que la reforma otorgará certeza jurídica. Los usuarios conocerán con precisión la autoridad responsable. Este conocimiento facilitará el cumplimiento de la ley vigente. Actualmente, la normativa atribuye al MAG la planificación de acciones sanitarias. También le confiere la ejecución de medidas fitosanitarias. Estas acciones protegen la sanidad vegetal del país. Paralelamente, resguardan la salud animal. Finalmente, garantizan la inocuidad de alimentos no procesados.

El cambio normativo permitiría que la cartera asuma responsabilidades ampliadas. El ministerio se encargaría de la validación de procesos productivos. Además, asumiría la supervisión de establecimientos nacionales. También supervisaría instalaciones extranjeras. Estas competencias se referirían a la producción de alimentos de origen animal. Igualmente, incluirían productos de origen vegetal destinados a exportación.

El texto de la reforma aclara el alcance geográfico de las competencias. Las atribuciones del MAG abarcarán tanto el ámbito nacional como internacional. En consecuencia, incluirá la certificación de establecimientos extranjeros. Estos establecimientos deberán cumplir requisitos para exportar productos al país. Sin embargo, la reforma no cambia otras atribuciones ministeriales. El resto de funciones que la ley otorga al ministerio permanecen intactas.

La carne de bovino representa el segundo producto más importado. Esta situación se debe a que la producción nacional resulta insuficiente. El país no cubre la demanda de restaurantes y supermercados. Por consiguiente, debe recurrir a importaciones para satisfacer el consumo interno.

La iniciativa presentada ante la Asamblea modifica la legislación actual. El objetivo es establecer la autoridad responsable de certificar procesos productivos. También busca definir quién certifica los lugares de producción. Estos incluyen instalaciones para productos cárnicos y lácteos. Asimismo, contempla establecimientos de ovoproductos y miel. Finalmente, abarca instalaciones de productos acuícolas.

La documentación revisada muestra el alcance de las modificaciones propuestas. El MAG solicita cambios en numerales específicos de la normativa. Estos ajustes definirán las atribuciones de control del ministerio. También establecerán mecanismos de validación de procesos. Además, precisarán procedimientos de verificación sanitaria. Finalmente, determinarán sistemas de vigilancia alimentaria.

Los productos contemplados en la reforma incluyen categorías diversas. Se mencionan alimentos de origen avícola con características específicas. También se incluyen productos porcinos y sus derivados. Los alimentos de origen bovino forman parte importante. Los productos lácteos y sus mezclas reciben atención especial. La miel de abeja se incorpora como categoría independiente. Los ovoproductos constituyen otra clasificación relevante. Finalmente, los productos acuícolas y pesqueros completan el listado.

La reforma busca armonizar la legislación nacional con estándares internacionales. El ministerio adoptará medidas de equivalencia conforme a normativa internacional. Estas medidas respetarán acuerdos comerciales ratificados previamente. El Salvador ha suscrito diversos tratados comerciales. Estos acuerdos establecen requisitos sanitarios para el comercio. Por tanto, la certificación debe ajustarse a estos compromisos.

La propuesta legislativa responde a necesidades de actualización normativa. El marco legal vigente requiere precisiones sobre competencias institucionales. La claridad en las atribuciones facilita la gestión administrativa. También mejora la eficiencia en los procesos de certificación. Consecuentemente, beneficia tanto a productores como a consumidores.

La Superintendencia de Regulación Sanitaria vería modificadas sus competencias futuras. Con la derogación del artículo 80, no asumiría funciones sobre alimentos balanceados. Esta responsabilidad, programada para 2027, no se materializará. En cambio, el MAG concentrará las competencias de certificación alimentaria.

Los establecimientos nacionales deberán ajustarse a los nuevos procedimientos. La certificación seguirá protocolos establecidos por el ministerio. Estos protocolos incluirán inspecciones periódicas. También contemplarán evaluaciones de procesos productivos. Además, verificarán el cumplimiento de normas sanitarias. Finalmente, garantizarán la inocuidad de los productos.

Los establecimientos extranjeros enfrentarán requisitos específicos para exportar. Deberán someterse a certificación del MAG. Esta certificación verificará el cumplimiento de estándares salvadoreños. También evaluará la conformidad con normativa internacional. Únicamente productos certificados podrán ingresar al mercado nacional.

La vigilancia de los productos incluirá controles en diferentes etapas. El ministerio supervisará procesos de elaboración. También monitoreará condiciones de almacenamiento. Además, verificará procedimientos de transporte. Finalmente, inspeccionará puntos de venta.

Las medidas de control abarcarán aspectos sanitarios y de calidad. Se verificará la ausencia de contaminantes en los productos. También se evaluará el cumplimiento de parámetros nutricionales. Además, se inspeccionarán las condiciones higiénicas de producción. Finalmente, se confirmará el etiquetado correcto.

La validación de procesos garantizará la seguridad alimentaria. El ministerio evaluará métodos de producción. También verificará sistemas de control de calidad internos. Además, confirmará la trazabilidad de los productos. Finalmente, certificará la capacitación del personal involucrado.

La verificación incluirá auditorías periódicas a los establecimientos. Estas auditorías examinarán documentación de procesos. También revisarán registros de producción. Además, evaluarán sistemas de gestión de calidad. Finalmente, confirmarán el cumplimiento de protocolos sanitarios.

El Reglamento Técnico Centroamericano establece parámetros regionales. Este instrumento armoniza requisitos entre países centroamericanos. Facilita el comercio intrarregional de productos lácteos. También garantiza estándares mínimos de calidad. Consecuentemente, protege a los consumidores de la región.

La certificación de procesos de elaboración seguirá metodologías internacionales. Se aplicarán sistemas de análisis de peligros. También se implementarán puntos críticos de control. Además, se utilizarán buenas prácticas de manufactura. Finalmente, se adoptarán procedimientos operativos estandarizados.

Los ovoproductos recibirán atención especial en la certificación. Estos productos derivados del huevo requieren controles específicos. La pasteurización debe cumplir parámetros establecidos. También se verificará la refrigeración adecuada. Además, se controlará la vida útil de los productos.

Los productos acuícolas presentan desafíos particulares de certificación. La frescura constituye un factor crítico de calidad. También resulta fundamental el control de temperatura. Además, se debe verificar el origen de los productos. Finalmente, se confirma la ausencia de contaminantes marinos.

Los productos pesqueros requieren trazabilidad desde la captura. Se debe documentar el origen de los productos. También se registra la fecha de captura. Además, se controlan las condiciones de conservación. Finalmente, se verifica el cumplimiento de vedas.

La miel de abeja necesita certificación de pureza. Se analizan componentes para detectar adulteraciones. También se verifica el contenido de humedad. Además, se evalúan características organolépticas. Finalmente, se confirma la ausencia de antibióticos.

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