El Congreso de la República aprobó este miércoles el nuevo régimen sancionatorio aduanero. Esta reforma llevaba más de un año en construcción. Cambia de fondo las reglas del comercio exterior en Colombia.

El texto nació como iniciativa de la DIAN. Sin embargo, fue concertado con cerca de 35 gremios empresariales. También participaron congresistas de gobierno y oposición. Pasó por el Senado y la Cámara sin modificaciones. Ahora espera la firma del presidente Gustavo Petro para convertirse en ley.

El país tiene hasta este 20 de junio para expedir esta ley. Así lo estableció la Corte Constitucional en la Sentencia C-072 de 2025. La Corte declaró inexequible el régimen vigente. Este había sido definido por decreto.

La Corte consideró que las sanciones aduaneras no pueden definirse por esa vía. Son materia de ley. Por tanto, debían pasar por el Congreso.

Con la aprobación del nuevo régimen sancionatorio en el legislativo, se evita un problema mayor. Más de 10.800 procesos aduaneros en curso quedaban en riesgo. Estos suman una cuantía cercana a los 7 billones de pesos. La DIAN mantiene esta cifra en disputa. Todos estos procesos habrían quedado sin sustento jurídico.

Entre tanto, el país pasaría a tener cerca de 235 infracciones aduaneras. El régimen anterior contemplaba aproximadamente 358. Esta reducción representa un cambio significativo en la estructura sancionatoria.

El nuevo régimen abre la puerta a que las empresas corrijan errores. También pueden subsanar incumplimientos antes de que llegue la multa. Por ejemplo, quien demuestre haber actuado con debida diligencia tiene posibilidad de exoneración. Quien detecte y corrija voluntariamente un error antes de la notificación de la DIAN no será sancionado.

Además, quien por primera vez en tres años incurra en una infracción leve puede corregir su situación. En este caso, tampoco enfrentará multa.

Hasta ahora, el sistema aduanero colombiano trató de la misma manera a diferentes actores. Equiparaba a quien cometía un error de buena fe con quien buscaba pasar mercancía de contrabando. También igualaba a quien simplemente tenía la intención de defraudar al Estado.

Esa equiparación, según los gremios empresariales, generaba problemas. Desincentivaba el comercio formal. Generaba una inseguridad jurídica difícil de sostener.

Javier Díaz, presidente ejecutivo de Analdex, pone un ejemplo concreto. Un importador declara correctamente 15 pallets de mercancía. El peso, la descripción y todos los documentos coinciden en la declaración.

Pero el funcionario de la aduana revisa el cargamento de manera diferente. No lo cuenta en pallets sino en bultos. Como cada pallet trae 100 bultos, concluye que hay 1.500 unidades físicas. Al comparar ese número contra el “15” de los pallets que aparece en la declaración, registra 1.485 unidades como sobrantes.

El resultado puede ser el decomiso de toda la mercancía por supuesto exceso. “El proyecto obliga a la autoridad aduanera a valorar integralmente todos los documentos que el usuario aporte”, señala Díaz.

Nicole Velásquez, gerente senior de Comercio Exterior de EY Colombia, ofrece su perspectiva. “No es lo mismo una empresa que cometió un error de digitación o un incumplimiento formal que una persona que deliberadamente está tratando de defraudar al Estado. Durante muchos años una de las discusiones en materia aduanera fue si todas las conductas debían tener el mismo tratamiento o si debía existir una mayor proporcionalidad. Y yo creo que este proyecto avanza justamente en eso último”.

Otro de los cambios relevantes tiene que ver con el momento del cobro. Se refiere a cuándo se hace efectivo el cobro de una sanción por parte de la DIAN. Según Analdex, durante años el modelo obligaba a los operadores a “pagar primero y defenderse después”.

Con el nuevo régimen, los operadores con garantías globales tienen un nuevo esquema. Los Operadores Económicos Autorizados (OEA) también se benefician. Solo tendrán que pagar una vez se resuelva la discusión judicial. No antes.

Para la experta de EY Colombia, esto tiene implicaciones directas sobre la inversión extranjera. “Los inversionistas no buscan ausencia de control. Lo que buscan es saber exactamente cuáles son las reglas y cuáles son las consecuencias de incumplirlas. Eso genera confianza”.

“Cuando las reglas son claras, una empresa puede diseñar procesos, implementar controles internos, capacitar a su gente y gestionar sus riesgos”, agrega Nicole Velásquez.

Además, las empresas tendrán mayor certeza sobre el riesgo de decomiso de mercancías. Se fija un plazo único de cinco años para que la DIAN ejerza esa acción. Existe un criterio más objetivo y verificable desde cuándo corre ese término.

Antes, la ambigüedad del régimen sancionatorio dejaba a los operadores sin saber hasta cuándo estaban expuestos. Una aprehensión podía llegar en cualquier momento sin certeza temporal.

Con la aprobación en el Congreso del nuevo régimen sancionatorio aduanero, se despeja un escenario preocupante. Este escenario preocupaba a la DIAN y al propio Gobierno Nacional. Ponía en riesgo cerca de 7 billones de pesos. La entidad aduanera mantiene esta suma en disputa en más de 10.800 procesos aduaneros en curso.

Teniendo en cuenta que el régimen sancionatorio anterior fue declarado inexequible por la Corte Constitucional, el panorama era crítico. De no haberse aprobado una nueva norma en el Congreso, la DIAN habría perdido temporalmente su potestad sancionadora. Esto aplica específicamente en materia aduanera.

Eso significaba que dichos procesos aduaneros habrían tenido que archivarse. Así lo señalan gremios de comercio exterior y expertos en derecho aduanero. Todos coinciden en este análisis.

Ese era precisamente el escenario que se buscaba evitar con urgencia. “Si al 21 de junio de 2026 el Congreso no había expedido una ley que regule el régimen sancionatorio aduanero, los procesos en curso no hubieran podido culminar con la imposición de una sanción, porque carecerían de uno de sus elementos esenciales: el fundamento jurídico que los legitima”, explica Daniela Lozada. Ella es abogada senior de Aduanas y Comercio Internacional de CMS Rodríguez-Azuero.

La nueva legislación representa un cambio de paradigma en el comercio exterior colombiano. Busca equilibrar el control aduanero con la facilitación del comercio legítimo. También pretende generar mayor seguridad jurídica para los operadores.

Los gremios empresariales que participaron en la concertación del proyecto valoran positivamente estos cambios. Consideran que el nuevo marco normativo es más justo y proporcionado. Permite diferenciar entre errores involuntarios y conductas fraudulentas.

La reforma también introduce mecanismos de autocorrección que incentivan el cumplimiento voluntario. Esto puede reducir la litigiosidad en materia aduanera. A su vez, permite a la DIAN concentrar recursos en casos de fraude real.

El proceso de concertación con cerca de 35 gremios empresariales fue clave para el éxito. Esta metodología permitió incorporar la experiencia práctica de quienes operan diariamente en comercio exterior. También facilitó el consenso entre gobierno y oposición en el Congreso.

El hecho de que el texto pasara sin modificaciones por ambas cámaras demuestra el nivel de acuerdo alcanzado. Refleja la urgencia compartida de evitar el vacío normativo que se avecinaba.

Para los Operadores Económicos Autorizados, el nuevo régimen ofrece beneficios adicionales. Este grupo de empresas certificadas por su cumplimiento tendrá tratamiento preferencial. No solo en cuanto al momento de pago de sanciones, sino en otros aspectos operativos.

La certeza sobre el plazo de cinco años para ejercer acciones de decomiso es fundamental. Antes, las empresas podían enfrentar reclamaciones años después de una operación. Esto dificultaba la planificación financiera y la gestión de inventarios.

El nuevo marco también fortalece el principio de proporcionalidad en las sanciones. Las infracciones leves tendrán consecuencias menos severas que las graves. Esto contrasta con el sistema anterior donde cualquier incumplimiento podía generar sanciones desproporcionadas.

La posibilidad de exoneración por debida diligencia es otro avance importante. Reconoce que las empresas que implementan buenos controles internos no deben ser penalizadas por errores inevitables. Esto incentiva la inversión en sistemas de cumplimiento.

La obligación de la autoridad aduanera de valorar integralmente todos los documentos aportados reduce la arbitrariedad. Evita situaciones como la descrita por Analdex con los pallets y bultos. Exige una interpretación razonable y contextualizada de las declaraciones.

El impacto sobre la inversión extranjera puede ser significativo. Los inversionistas internacionales valoran la predictibilidad y claridad normativa. Un régimen sancionatorio justo y transparente mejora la percepción del país como destino de inversión.

La reducción de infracciones de 358 a 235 simplifica el marco normativo. Facilita el conocimiento y cumplimiento de las obligaciones aduaneras. También reduce la posibilidad de interpretaciones divergentes.

El nuevo régimen mantiene la capacidad sancionatoria del Estado. No se trata de eliminar controles o permitir incumplimientos. Se trata de hacer el sistema más eficiente y justo.

La firma pendiente del presidente Gustavo Petro es el último paso formal. Una vez convertido en ley, el nuevo régimen entrará en vigencia. Esto dará tranquilidad tanto a la DIAN como a los operadores de comercio exterior.

Los 7 billones de pesos en disputa en más de 10.800 procesos mantienen ahora su fundamento legal. La DIAN podrá continuar estos procesos bajo el nuevo marco normativo. Esto preserva los intereses fiscales del Estado.

Para las empresas involucradas en estos procesos, el nuevo régimen puede ofrecer mejores garantías procesales. También la posibilidad de demostrar buena fe o subsanar errores formales.

La experiencia de este proceso legislativo demuestra que es posible el consenso en temas técnicos complejos. La participación activa de los gremios empresariales enriqueció el debate. Permitió identificar problemas prácticos que la norma debía resolver.

El plazo establecido por la Corte Constitucional generó la presión necesaria para avanzar rápidamente. Sin embargo, el proceso no sacrificó calidad por velocidad. La concertación amplia garantizó un resultado equilibrado.

El nuevo régimen sancionatorio aduanero representa un hito en la modernización del comercio exterior colombiano. Alinea a Colombia con mejores prácticas internacionales en materia aduanera. Reconoce la diferencia entre errores y fraude.

También fortalece la seguridad jurídica, elemento esencial para el desarrollo del comercio internacional. Ofrece incentivos para el cumplimiento voluntario y la autocorrección. Mantiene herramientas efectivas contra el contrabando y el fraude.

La implementación del nuevo régimen será el siguiente desafío. Requerirá capacitación tanto de funcionarios de la DIAN como de operadores de comercio exterior. También el desarrollo de protocolos claros para aplicar los nuevos criterios.

El seguimiento de su aplicación práctica será fundamental. Permitirá identificar ajustes necesarios y asegurar que se cumplan los objetivos propuestos. La experiencia acumulada en los primeros meses será valiosa.

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