Si te pusieron un comparendo, puedes revisarlo en línea. También puedes pagarlo con descuento o pedir una audiencia para impugnarlo. Los plazos son cortos, se cuentan en días hábiles y cambian según cómo te notificaron. Esta guía usa como ejemplo las reglas que publica la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá.
Para consultar, tienes dos caminos. El primero es el SIMIT, la plataforma nacional, donde buscas por documento de identidad o por placa. Para las fotomultas conviene usar la cédula del propietario del vehículo.
El segundo camino es el portal de la secretaría de tránsito que impuso la multa. En Bogotá entras a "consulta comparendos" en movilidadbogota.gov.co. Allí digitas tus datos y el código de seguridad, y abres "ver detalle". También está la aplicación Mi Movilidad a un clic. Según Portafolio, el sistema solo pide cédula o placa. Luego muestra las notificaciones, las imágenes y los acuerdos de pago.
Desde ahí puedes pagar por PSE o con un volante en un banco autorizado.
El descuento depende de dos cosas: cuándo te notificaron y si haces el curso pedagógico. Según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, estos son los plazos, todos en días hábiles:
Si el comparendo se impuso en vía, tienes 50 % de descuento. Debes hacer el curso y pagar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición. Entre los días 6 y 20 el descuento es de 25 %.
Si es electrónico (fotomulta), el descuento es de 50 % dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación. Entre los días 12 y 26 el descuento es de 25 %.
La Secretaría advierte que el descuento aplica "siempre y cuando realicen el curso pedagógico en los plazos establecidos por la ley". En Bogotá hay cinco sedes para el curso. Son el Edificio Restrepo, Fontibón Centro, los centros comerciales Tintal Plaza y San Rafael, y el Centro de Servicios de Movilidad de la Calle 13. La entidad recomienda llegar con antelación y reservar al menos dos horas.
Estos plazos son los que publicó Bogotá en octubre de 2025. Otras ciudades tienen sus propias secretarías y sus prácticas. Por eso, revisa las fechas que trae tu notificación.
Si no estás de acuerdo, puedes pedir una audiencia pública. En Bogotá es virtual y gratuita, y se agenda por la web o la aplicación, sin intermediarios. La Secretaría explica que allí "podrá presentar sus argumentos y pruebas en una audiencia pública, la cual es virtual".
El plazo es de 5 días hábiles desde la imposición si el comparendo fue en vía. Si es electrónico, es de 11 días hábiles desde la notificación. Como base legal, la entidad cita el artículo 136 de la Ley 769 de 2002 y la Ley 1843 de 2017. Para orientación, la línea es el (601) 364 94 00, opción 2.
Según Portafolio, para impugnar una fotomulta se alega que el vehículo fue vendido o clonado. También que la falta no corresponde a la realidad. Para eso sirven documentos, imágenes o videos. Ten en cuenta que, si pierdes la audiencia, se pierden los descuentos. Entonces pagas el valor total más intereses.
Una fotomulta tiene plazos para la autoridad. Según Gerencie, la autoridad tiene 10 días hábiles para validar el comparendo desde la infracción. Después debe notificar, según el artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, "dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad". Son 13 días hábiles en total para enviar la notificación, no para que te llegue.
Una notificación tardía no anula la multa, según Gerencie y la Alcaldía de Cajicá. Los términos para ti corren desde que te notifican de verdad. Si no te pueden notificar en la dirección registrada en el RUNT, lo hacen por aviso.
Según Valora Analitik, el artículo 159 de la Ley 769 de 2002 establece que las sanciones "prescriben en un término de tres años contados a partir de la ocurrencia del hecho sancionable". La notificación del mandamiento de pago interrumpe ese plazo. Desde entonces, la autoridad tiene otros tres años para el cobro coactivo, según las fuentes consultadas.
La prescripción no opera sola: debes pedirla por escrito ante el organismo de tránsito, con un derecho de petición. La entidad tiene 15 días hábiles para responder, según el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.
Desde 2026, las multas se calculan con la Unidad de Valor Básico (UVB), no con el salario mínimo. Este año la UVB es de COP 12.110. Según Portafolio, el comparendo C02, por parquear en sitio prohibido, es de COP 633.200. Las faltas graves, como pasarse un semáforo en rojo, rondan los COP 1.266.100.
Esta nota es informativa y no reemplaza la asesoría para un caso concreto. Revisa tu notificación y consulta con el organismo de tránsito que impuso el comparendo.
Fuentes: Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, Portafolio, Valora Analitik, Gerencie, Alcaldía de Cajicá, Alcaldía de Cúcuta y Enter.co.