La adquisición de Viviendas de Interés Social y Prioritaria (VIS y VIP) en Bogotá se ha convertido en un tema de preocupación. La Personería de Bogotá ha alertado sobre la presencia de “cláusulas abusivas” en los contratos de adhesión. Estos contratos, a menudo redactados por una sola parte, dejan a los compradores sin la posibilidad de discutir los términos. En los últimos 14 meses, se han registrado más de 150 quejas relacionadas con estas prácticas.
Un aspecto crítico es la falta de información clara y suficiente para los consumidores. Según Andrés Castro Franco, personero de Bogotá, los compradores firman documentos sin conocerlos adecuadamente. Esto los lleva a asumir cargas no informadas de manera suficiente. Un ejemplo de estas cargas es la forma en que se determinan las sanciones económicas por presunto incumplimiento del contrato. Estas sanciones suelen perjudicar a los compradores. Algunos testimonios revelan que, aunque se prometió que el precio de la vivienda quedaría congelado, este fue ajustado sin previo aviso. Además, se imponen multas por incumplimientos en pagos durante la construcción. Sin embargo, los atrasos en la entrega del inmueble no son motivo de sanciones para las constructoras.
La Personería de Bogotá insiste en que los consumidores deben recibir información detallada sobre la modalidad en que se pacta el precio. También deben ser informados sobre la posibilidad de que el precio se incremente según las variaciones del salario mínimo. Es crucial que los compradores sepan si la fijación definitiva del valor del inmueble se hará al momento de suscribir la escritura.
La Ley 1480 de 2011, conocida como el Estatuto del Consumidor, define las cláusulas abusivas como aquellas que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor. Esta ley prohíbe a los productores y proveedores incluir cláusulas abusivas en los contratos. En caso de ser incluidas, estas cláusulas serán ineficaces de pleno derecho. Sin embargo, la realidad muestra que estas prácticas persisten, afectando a los compradores de VIS y VIP.
Ante las denuncias de prácticas abusivas, la Personería ha solicitado a la Secretaría de Hábitat que preste mayor atención a los contratos utilizados por las constructoras. Es fundamental asegurar que estos contratos no incluyan cláusulas que perjudiquen al consumidor, especialmente en lo que respecta al valor de la propiedad. La intervención de la Secretaría de Hábitat es crucial para proteger los derechos de los compradores y garantizar que las prácticas contractuales sean justas y transparentes.
La situación actual plantea varios retos. Por un lado, es necesario fortalecer la supervisión de los contratos de adhesión para evitar cláusulas abusivas. Por otro lado, es fundamental educar a los consumidores sobre sus derechos y las implicaciones de los contratos que firman. La transparencia y la equidad deben ser pilares en la adquisición de viviendas de interés social y prioritaria.
En este contexto, es importante considerar diferentes perspectivas. Una visión sugiere que las autoridades deben implementar medidas más estrictas para regular los contratos de adhesión. Esto podría incluir la revisión obligatoria de los contratos por parte de entidades independientes antes de su firma. Otra perspectiva aboga por la creación de programas educativos para los compradores. Estos programas podrían ofrecer información sobre los derechos del consumidor y las prácticas contractuales justas.
Además, se podría considerar la implementación de sanciones más severas para las constructoras que incluyan cláusulas abusivas en sus contratos. Estas sanciones podrían actuar como un disuasivo efectivo contra prácticas injustas. También es crucial fomentar un diálogo abierto entre las constructoras, las autoridades y los consumidores. Este diálogo podría facilitar la identificación de problemas y la búsqueda de soluciones conjuntas.