El presidente Abelardo de la Espriella acompaña megaoperativos de captura y habla con los detenidos frente a las cámaras. La Presidencia publica esos videos. Desde el 28 de octubre, varios penalistas discuten si eso es legal. Esta nota explica qué dicen la Constitución y la ley. También recoge los argumentos de quienes critican y de quienes defienden al presidente.
Uno de los que opinaron es Luis Mauricio Urquijo Tejada, quien en su perfil de Instagram se presenta como penalista y profesor. El 29 de octubre publicó un reel de 66 segundos. En él dice que el presidente "sí es el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas", pero "no es el coordinador de la Policía Judicial y tampoco autoridad judicial". Según Urquijo, la Fiscalía coordina las capturas por orden de un juez. Las ejecutan funcionarios con funciones de policía judicial, que no están bajo el mando presidencial.
Qué dicen la Constitución y la ley
El artículo 189 de la Constitución le ordena al presidente dirigir la fuerza pública como comandante supremo. También le encarga conservar el orden público en todo el territorio. Por otro lado, el artículo 250 le asigna a la Fiscalía la dirección de la policía judicial de la Policía Nacional.
La Constitución también fija límites para quien es capturado. El artículo 28 exige ponerlo a disposición de un juez dentro de las 36 horas siguientes. El artículo 29 dice que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada judicialmente culpable. El artículo 12 prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
El Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) lo reitera. Su artículo 7 dice que la persona se presume inocente. Debe ser tratada como tal hasta que quede en firme una decisión judicial. El artículo 114 le da a la Fiscalía la facultad de ordenar capturas de manera excepcional. Además, el artículo 200 le asigna la investigación de los hechos.
Las críticas
El penalista Iván Máttar Cantillo escribió en X que "lo de los vídeos de las capturas se va acabar cuando declaren ilegal la primera captura". Según él, la dignidad humana impide "la exhibición y el trato degradante de alguien que aún se presume inocente".
Juan David Londoño sostuvo que expresiones como "bienvenido a la patria milagro" pueden comprometer la legalidad del procedimiento. "El Ejecutivo no tiene por qué interferir en esos procedimientos; hacerlo puede afectar su legalidad", escribió.
Santiago Trespalacios afirmó que "esas capturas con tratos degradantes violan directamente la Constitución". Juan Felipe Amaya dice apoyar una política dura contra el crimen. Sin embargo, escribió que el jefe de Estado "no debe presentar al capturado públicamente como culpable". Para él, eso "viola la presunción de inocencia y el debido proceso".
Jhoan Andrés Montenegro distingue entre dos cosas. Dijo que el presidente "sí puede acompañar al operativo". Sin embargo, "la confrontación que está existiendo puede generar un exceso". Añadió que "esa discusión latente seguramente la va a terminar zanjando los jueces".
La defensa
El penalista Francisco Bernate sostuvo que no hay reproche jurídico. "El presidente de la República no es una autoridad judicial, no es un fiscal, no es un juez", dijo. Para Bernate, el presidente actúa como comandante de la fuerza pública. Según él, "está dentro de lo que él legalmente puede hacer". Aclaró que la discusión política es distinta y que allí todas las opiniones son válidas.
Montenegro y Bernate coincidieron en que la legalidad de estos procedimientos la decidirán finalmente los jueces.
El Colegio de Abogados Penalistas de Colombia publicó un comunicado sobre el debate. Según el comunicado, algunos colegas critican porque "desconocen la dignidad humana, el debido proceso y la presunción de inocencia". Otros opinan que las actuaciones "no constituyen decisiones judiciales ni determinan la responsabilidad penal". El Colegio aclaró que reconocer ambas opiniones no significa adoptarlas.
Los operativos y la tutela
Según un balance de la Fiscalía del 3 de noviembre, 391 presuntos integrantes de 40 estructuras criminales fueron capturados en 45 días. Son los megaoperativos que acompañó el presidente.
El veedor Juan Carlos Calderón España radicó el 29 de octubre una tutela contra el presidente y el Dapre ante el Consejo de Estado. Pide como medida cautelar que dejen de difundir la exhibición de capturados. Según él, esta afecta la dignidad, el debido proceso y el buen nombre. La tutela cuestiona lo ocurrido en Barranquilla el 26 de octubre y en Medellín el 27.
El Centavo buscó una respuesta de la Presidencia a las críticas jurídicas y no la encontró.
Fuentes: Constitución Política de Colombia, Ley 906 de 2004, Fiscalía General de la Nación, Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, perfil de Instagram de @mauriciourquijo, Infobae, Semana, La Silla Vacía, El Noticion.