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El incremento del salario mínimo se ha convertido en uno de los temas más debatidos durante los últimos días. La subida del 23,7 % para 2026 quedó en entredicho tras la suspensión definida por el Consejo de Estado. Esta decisión llegó en el marco de una demanda presentada contra el decreto presidencial.

La situación ha generado profunda incertidumbre entre empresarios y trabajadores del país. Ninguno de los dos sectores sabe con certeza cuánto deberá pagar o recibir en la siguiente quincena. Sin embargo, el Consejo aclaró que se trata de una decisión cautelar mientras se alcanza una resolución definitiva.

La corporación judicial otorgó ocho días al presidente Gustavo Petro para publicar un nuevo decreto. Este debe contemplar un incremento inferior al que rige actualmente en el territorio nacional. La disputa jurídica busca establecer si el Gobierno contó con razones técnicas y legales suficientes. También pretende determinar si existió fundamento adecuado al momento de fijar el porcentaje del aumento.

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, manifestó su inconformidad con el procedimiento seguido por la corte. Señaló que el Gobierno tenía plazo hasta el 24 de febrero para defender el decreto. Además, indicó que disponían de ese tiempo para explicar detalladamente las razones detrás de la decisión. No obstante, la corte emitió su pronunciamiento antes de que se cumpliera el plazo establecido.

De acuerdo con la normativa vigente, el cálculo del ajuste salarial debe considerar variables específicas. Entre estas se encuentran la productividad del país, la inflación proyectada para el período correspondiente. También debe incluirse el crecimiento del Producto Interno Bruto como factor determinante en la ecuación.

A pesar de lo anterior, estos criterios no resultaron determinantes para la decisión gubernamental. El presidente Petro mantiene su apuesta por defender el incremento establecido originalmente. Al mismo tiempo, hace un llamado a la concertación al interior de la comisión respectiva. Cabe recordar que las posiciones de empresarios y trabajadores estaban mediadas por casi diez puntos porcentuales.

Esta diferencia se registró en diciembre, antes de que se decretara el aumento inédito. Resulta incierto saber si se alcanzará un acuerdo en esta concertación extraordinaria convocada. También es impredecible si el Gobierno finalmente decidirá reducir el incremento del salario mínimo.

Vale la pena recordar que algunos empresarios se mostraron a favor de mantener el porcentaje. Consideran que el actual entorno de incertidumbre resulta más perjudicial para sus operaciones. Además, reconocen que resulta difícil retirar derechos a los empleados después de ciertos hechos. Específicamente, después de que estos ya recibieran pagos por dos millones de pesos colombianos.

La clave que explica el aumento del 23,7 % está vinculada al concepto del salario mínimo vital. Se trata de una noción impulsada por la Organización Internacional del Trabajo a nivel global. Este concepto consiste básicamente en la remuneración que debe recibir un trabajador para satisfacer necesidades básicas. También debe cubrir las necesidades fundamentales de su familia.

En un reporte entregado en diciembre al Ministerio de Trabajo, la OIT realizó precisiones importantes. La organización señaló que el salario mínimo de 2025 presentaba una brecha del 28 %. Esta diferencia se calculó frente al salario mínimo vital establecido según sus parámetros internacionales. De allí surgió la decisión del Gobierno de fijar un porcentaje que ayudara a reducir esa brecha.

Precisamente de ese cálculo proviene el 23 % establecido en el decreto presidencial. El presidente Petro defiende su posición basándose en la sentencia C815 de 1999. Esta sentencia establece que, con carácter prevalente, el salario debe proteger el trabajo realizado. También debe garantizar una remuneración mínima, vital y móvil para todos los trabajadores.

Esta interpretación se encuentra en línea con lo establecido en el artículo 53 de la Constitución. Además, se alinea perfectamente con la definición proporcionada por la Organización Internacional del Trabajo. Por tanto, el argumento gubernamental tiene sustento tanto constitucional como en normativa internacional laboral.

Son múltiples los factores que entran en juego al revisar el valor del salario mínimo vital. Entre estos se cuentan alimentación, vivienda, vestimenta, transporte y otros elementos esenciales para la subsistencia. Cada uno de estos componentes ha sido calculado con base en estudios técnicos especializados.

Para la alimentación, se tiene en cuenta que una persona debe consumir 2.856 calorías diarias. Este requerimiento nutricional se traduce en pesos como un gasto mensual de 394.819 pesos colombianos. Para un hogar compuesto por cuatro personas, la cifra total alcanza los 1.288.654 pesos mensuales. Este cálculo considera una dieta balanceada que cubra las necesidades nutricionales básicas de la familia.

En materia de vivienda, tener una que se considere digna ronda los 143.099 pesos por persona. Para un hogar de cuatro integrantes, esta cifra alcanza los 587.192 pesos colombianos mensuales. Si se suma el costo de los servicios públicos básicos, que asciende a 124.588 pesos. El total combinado para vivienda y servicios da un resultado de 711.780 pesos mensuales.

Para salud, educación, transporte, ropa, productos de limpieza y comunicaciones se calcularon costos específicos. Estos rubros suman 154.606 pesos por persona en el hogar considerado para el estudio. Mientras tanto, las otras necesidades del hogar alcanzan un monto de 827.549 pesos colombianos. Estas incluyen gastos diversos pero necesarios para el funcionamiento familiar adecuado.

En total, un salario mínimo vital y móvil para un hogar de cuatro integrantes alcanza 2.982.960 pesos. Los estudios calculan que existen aproximadamente 1,5 asalariados por familia en promedio en Colombia. Esto da como resultado un salario neto de mínimo vital de 1.988.640 pesos colombianos. Esta cifra corresponde a cálculos realizados en 2024, cuando el salario mínimo estaba en 1.300.000 pesos.

Según explicó Diego Garzón, jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo. El argumento de base del Gobierno parte de que el ingreso de los trabajadores está por debajo. Específicamente, está por debajo de lo que organismos como la OIT consideran como realmente lo mínimo necesario.

Este es precisamente el argumento central que el presidente Petro buscará defender ante el Consejo de Estado. La administración sostiene que existe una obligación constitucional de garantizar un salario mínimo vital. También argumenta que esta obligación prevalece sobre las consideraciones puramente económicas o de productividad empresarial.

La defensa gubernamental se estructura sobre la base de que los trabajadores colombianos han vivido históricamente con ingresos insuficientes. Estos ingresos no han permitido cubrir adecuadamente las necesidades básicas de las familias trabajadoras. Por tanto, el aumento del 23,7 % representa un esfuerzo por corregir esta situación estructural.

La controversia plantea una tensión entre dos visiones sobre la fijación del salario mínimo. Por un lado, está la visión tradicional que considera variables macroeconómicas como inflación y productividad. Por otro lado, emerge la perspectiva del salario mínimo vital que prioriza las necesidades reales. Esta última pone en el centro los costos efectivos de subsistencia de las familias trabajadoras.

El desenlace de este caso ante el Consejo de Estado tendrá implicaciones profundas para el futuro. Definirá cuál de estos dos enfoques prevalecerá en la determinación de los salarios mínimos en Colombia. También establecerá precedentes sobre los límites del poder ejecutivo en materia de política salarial y laboral.

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