La Procuraduría General de la Nación ha sancionado e inhabilitado a Daniel Quintero Calle, exalcalde de Medellín, por su participación en una campaña política mientras ocupaba su cargo. Esta decisión, anunciada el miércoles 3 de julio, llega después de un año de juicio disciplinario en el que Quintero rechazó todos los cargos y cuestionó la competencia del Ministerio Público para investigarlo. Según la Procuraduría, Quintero estará inhabilitado para ejercer cargos públicos durante seis meses y deberá pagar una multa de más de $104 millones.

Quintero ha anunciado que apelará esta decisión. La Procuraduría demostró su intervención en la elección presidencial de 2022 a favor del Pacto Histórico. Según el organismo, “su legitimidad para hacer uso de sus derechos políticos estaba restringida por ejercer un cargo público. Esto no le permitía participar en actividades de partidos y movimientos políticos, en aras de preservar el orden institucional, la democracia, el equilibrio de las autoridades y el no inclinar la fuerza estatal hacia ninguno de los involucrados en la contienda”.

El proceso comenzó cuando la Procuraduría argumentó que Quintero habría cometido una falta gravísima al “utilizar el cargo para participar en controversias políticas”. Margarita Cabello, directora del órgano de control, suspendió a Quintero el 10 de mayo de 2022. La Procuraduría presentó tres grandes pruebas para argumentar que el exalcalde participó en política cuando no podía hacerlo.

La primera prueba es una fotografía del 13 de marzo de 2022, día de las consultas interpartidistas, que Quintero compartió en redes sociales. En la imagen se veía su cara en el tarjetón por el partido Colombia Humana. La segunda prueba son varias publicaciones en redes sociales en las que Quintero habría mostrado su afinidad a esa coalición. La tercera prueba es un video del 9 de mayo de 2022, en el que, desde un carro, el exalcalde dijo: “El cambio, en primera”, haciendo alusión a la campaña presidencial de Gustavo Petro, cuyo lema era “gobierno del cambio”. La Procuraduría sostuvo que las acciones del exalcalde son consideradas un ejercicio abusivo de su cargo, pues usó elementos de su despacho para hacer proselitismo.

Además, la Procuraduría argumentó que todo se trató de un intento por inclinar ilegítimamente la actuación del Estado en favor de una determinada corriente política. Por su parte, Daniel Quintero siempre aseguró que no tuvo nada que ver en esas faltas disciplinarias. Su abogado, Héctor Carvajal, solicitó la nulidad de todo lo actuado. “Este es un juicio político”, señaló el jurista, al tiempo que expuso sus argumentos sobre un asunto clave: la Procuraduría no tendría competencia para sancionar a funcionarios de elección popular.

Carvajal sostuvo durante todo el proceso que una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de 2020 había dejado claro que la Procuraduría no puede sancionar con suspensiones o inhabilidades a funcionarios como alcaldes, gobernadores o congresistas. Sin embargo, en la Constitución Política el Ministerio Público todavía puede seguir adelante con ese tipo de casos.

Para el abogado de Quintero, la sentencia de la Corte IDH hace que el juicio contra el exalcalde tenga muchas dudas en sus bases jurídicas. Como segundo recurso de defensa, el abogado solicitó un equipo de peritos para analizar las imágenes y los videos difundidos en la cuenta personal de X de Daniel Quintero. El abogado también solicitó que se oficiara al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que estableciera cuáles fueron los partidos que utilizaron eslóganes similares a “el cambio”, y se le preguntaría si el eslogan oficial del Pacto Histórico era “el cambio, en primera”.

Para la Procuraduría, las publicaciones tomadas para la investigación deben ser vistas como una unidad, y no como piezas individuales con sentidos distintos. Estas publicaciones dan cuenta de las manifestaciones de participación política que infringían las leyes del cargo público que ocupaba Daniel Quintero. Con la decisión, ahora la defensa del exalcalde apelará el fallo para que pueda ser revisado en segunda instancia.

Este caso ha generado un debate sobre la legitimidad y competencia de la Procuraduría para sancionar a funcionarios de elección popular. Algunos expertos en derecho consideran que la sentencia de la Corte IDH debería prevalecer sobre la Constitución Política. Otros argumentan que la Procuraduría tiene la responsabilidad de mantener el orden institucional y la democracia, incluso si eso significa sancionar a funcionarios electos.

La situación de Daniel Quintero también pone en evidencia la tensión entre el ejercicio de derechos políticos y las restricciones impuestas a los funcionarios públicos. Mientras que algunos defienden el derecho de Quintero a expresar sus opiniones políticas, otros consideran que su participación en la campaña del Pacto Histórico fue un abuso de su posición de poder.

En este contexto, es crucial analizar las implicaciones de este caso para el futuro de la política en Colombia. La decisión de la Procuraduría podría sentar un precedente para otros funcionarios públicos que deseen participar en actividades políticas. Además, la apelación de Quintero y el posible fallo en segunda instancia podrían redefinir los límites de la competencia de la Procuraduría y la interpretación de la sentencia de la Corte IDH.

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