Romaña, de comisión?” by Andres Gomez Tarazona is licensed under CC BY-NC-ND 2.0

La noche de este lunes, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez presentó ante sus compañeros de la Sala Plena de la Corte Constitucional una ponencia que podría cambiar el rumbo de uno de los proyectos más ambiciosos del Gobierno de Gustavo Petro: la creación de la ‘paz total’. Según fuentes cercanas al alto tribunal, el documento advierte sobre problemas de forma en la Ley 2272 de 2022, la cual no fue debatida en el Congreso. El magistrado pide tumbar la ley en cuestión, en donde se permite la negociación para firmar un proceso/acuerdo de paz con grupos armados organizados al margen de la ley.

La demanda presentada por el abogado Jorge Enrique Pava Quiceno señala que la modificación de las leyes para crear la “política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz, y se dictan otras disposiciones”, es completamente inconstitucional. El artículo 2 de la mencionada ley permite abrir una negociación con Luciano Marín Arango, más conocido como Iván Márquez, en su calidad de comandante y jefe de la Nueva Marquetalia, esto pese a que renunció al Acuerdo de Paz firmado en 2016 con la guerrilla de las Farc.

El demandante indica que se vulneran varios preceptos constitucionales, señalando que se trasgreden los principios de consecutividad e identidad flexible. Obviando todo el debate que se debe adelantar en la Cámara de Representantes, “lo cual conlleva a que se violaron los principios de consecutividad e identidad flexible”. Para el demandante, el proyecto de ‘paz total’ va en contra de los principios constitucionales que le imponen al Estado la necesidad de garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas en graves violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

El magistrado Ibáñez pidió sus conceptos al presidente de la República, los ministros de Justicia y Defensa, así como a los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes y el Alto Comisionado de Paz. Se invitó a participar en este proceso a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), al Departamento para la Prosperidad Social (DPS), al Centro Nacional de Memoria Histórica y la Fiscalía General.

Es menester que se declare la suspensión de la aplicación de ¨[los incisos demandados] en el sentido de impedir que se inicien procesos de negociación con exmiembros de grupos armados ilegales como parte de estructuras organizadas de crimen de alto impacto”. La demanda busca sentar un precedente en los procesos de paz, en donde solo se garantiza el orden constitucional si el reconocimiento de beneficios penales a miembros de grupos armados [ilegales] se compensa con incrementos en la protección de los derechos a la verdad, la reparación y la no repetición.

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