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Este martes, el presidente Gustavo Petro sancionó la ley que cambiará el funcionamiento de las pensiones en Colombia. La reforma pensional, que ha sido objeto de intensos debates, busca mejorar la protección a la vejez mediante la creación de un sistema de pilares. Con la firma del presidente, se marca el inicio de un proceso de transición que culminará el primero de julio de 2025, cuando el nuevo sistema entrará en vigor.

La sanción de la ley ha generado confusión, especialmente entre aquellos que entrarán en el régimen de transición. Según la ley, las mujeres con 750 semanas o más de cotización y los hombres con 900 semanas o más seguirán bajo la Ley 100 de 1993. Sin embargo, la pregunta que muchos se hacen es: ¿cuándo es la fecha de corte para contar estas semanas? El artículo 95 establece que la ley rige a partir de su sanción, mientras que el artículo 94 indica que entrará en vigor el primero de julio de 2025. Según el abogado laboralista Víctor Julio Díaz, la fecha de corte es la última.

Además, hay incertidumbre sobre los cambios que puedan ocurrir en las próximas semanas. La Cámara de Representantes decidió acoger el texto del Senado, lo que algunos calificaron como un “pupitrazo”. Esto significa que se perdieron los cambios realizados en la Comisión Séptima. La estrategia parece ser que, una vez aprobada la reforma, se realizarán ajustes posteriormente. Es probable que el presidente Gustavo Petro anuncie parte de estos cambios en los próximos días.

Otra preocupación es la posibilidad de que la reforma sea demandada ante la Corte Constitucional por su trámite en el Congreso. Este escenario podría retrasar aún más la implementación del nuevo sistema.

El nuevo modelo pensional se basa en un sistema de pilares, diseñado para cubrir diferentes segmentos de la población:

Pilar solidario: Este pilar busca asistir a las personas más pobres y vulnerables, que hoy están prácticamente excluidas del sistema. Los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que no tengan pensión y cumplan con ciertos criterios recibirán una renta básica correspondiente a la línea de pobreza extrema certificada ($223.000), monto que se actualizará cada año. El Senado incluyó en este pilar a las mujeres mayores de 50 años y los hombres mayores de 55 años con discapacidad, cuidadores de personas en condición de discapacidad, y miembros de comunidades afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas que cumplan ciertos criterios.

Pilar semicontributivo: Este pilar está destinado a las personas que comienzan a cotizar pero no cumplen los requisitos del sistema actual. En el sistema actual, se les devuelve a los no pensionados el dinero cotizado sin intereses. Con la reforma, quienes hayan cotizado más de 300 semanas y menos de 999 recibirán ese dinero como una renta vitalicia. La plenaria del Senado cambió la fórmula para calcular las rentas, aumentando el subsidio del 15 % al 20 % para los hombres y al 30 % para las mujeres.

Pilar contributivo: Este pilar incluye a todos los trabajadores formalizados del país. Sus aportes se dividirán en dos vertientes: una porción irá obligatoriamente a Colpensiones y otra a los fondos privados de pensión (AFP).

Pilar de ahorro voluntario: Este pilar está destinado a los usuarios que quieran hacer aportes voluntarios para elevar sus beneficios de pensión.

La implementación de este nuevo sistema requerirá un esfuerzo significativo en términos operativos y jurídicos. Las entidades responsables deberán coordinarse para asegurar una transición fluida y minimizar el impacto en los cotizantes. Además, será crucial una comunicación clara y efectiva para evitar malentendidos y garantizar que todos los involucrados comprendan los cambios y sus implicaciones.

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